ORDENANZA Nº 1.391
VISTO:
El denominado “Plan Argentina Hace” (Resolución 2021-133-APN-MOP) y resolución modificatoria (Resol-2022-164-APN-MOP); y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de El Trébol ha evaluado la necesidad de ejecutar la obra de Proyecto de Cordón Cuneta y Ripio y la cual se gestiona mediante un proyecto presentado ante el Ministerio de Obras Públicas de la Nación mediante “Plan Argentina Hace”;
Que los materiales requeridos para la obra de cordón cuneta y ripio serán sin costo para el vecino, es decir no se aplicará al Sistema de Contribución por Mejoras;
Que, de otorgarse el financiamiento solicitado, se asumirán las obligaciones inherentes al diseño, contratación, inspección y mantenimiento del Proyecto y su posterior operación cuando correspondiere, siendo la Municipalidad de El Trébol la responsable exclusiva de todos los efectos derivados de su ejecución, como así también de su mantenimiento y conservación posterior, todo ello en los términos, condiciones y obligaciones impuestos por el Reglamento del “Plan Argentina Hace” -Resolución 2021-133-APN-MOP y Resolución modificatoria RESOL-2022-164-APN-MOP;
Que la ejecución de la obra de cordón cuneta y ripio, en el marco del denominado “Plan Argentina Hace” -Resolución 2021-133-APN-MOP y Resolución modificatoria RESOL-2022-164-APN-MOP-, se realizará por administración municipal;
Que los Sres. Concejales, compartiendo los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le otorga la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Facúltese a la señora Intendente Municipal, Dra. Natalia Paola Sánchez, DNI N° 27.744.498, a gestionar los fondos para el financiamiento del Proyecto de Cordón cuneta y Ripio en el marco del denominado “Plan Argentina Hace” -Resolución 2021-133-APN-MOP y Resolución modificatoria RESOL-2022-164-APN-MOP- que se realizará por administración municipal en un todo de acuerdo a las atribuciones otorgadas por la Ley Provincial N° 2439, Artículo N° 43 y Decreto Provincial N° 1154/09 que reglamenta el Artículo N° 1 de Ley Provincial de Obras Públicas N° 5188.
ARTICULO 2º: Asimismo, autorícese a la señora Intendente Municipal a la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.
ARTICULO 3º: Facúltese a la señora Intendente Municipal a realizar todos los actos y diligencias que resulten necesarias en el marco de sus competencias y con relación al “Plan Argentina Hace”.
ARTÍCULO 4º: Los materiales requeridos para el cumplimiento de la obra del Proyecto de Cordón Cuneta y Ripio del “Plan Argentina Hace” no se incluirán al Sistema de Contribución por Mejoras.
ARTÍCULO 5º: Las obras se ejecutarán bajo la inspección permanente de un profesional con título habilitante, reconocido por la Municipalidad de El Trébol y designado por ésta.
ARTICULO 6º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintidós días del mes de setiembre del año dos mil veintidós.-