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ACEPTAR TRANSFERENCIA APORTE NO REINTEGRABLE DEL GOBIERNO PROVINCIAL PARA OBRA AMPLIACIÓN SISTEMA PLANTA OSMOSIS INVERSA


ORDENANZA Nº 1.321

VISTO:

 El Expediente Nº 01908-0000445-5, que se tramita ante el Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat de la Provincia de Santa Fe, por el cual se solicita ayuda económica para la ejecución de la obra “Ampliación Sistema de Pre-Tratamiento para Planta de Osmosis Inversa en la localidad de El Trébol”; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe se dispone el otorgamiento de un monto de Pesos siete millones ochocientos treinta y tres mil setecientos ochenta y ocho con 75/100 ($ 7.833.788,75), en concepto de Aporte No Reintegrable a favor de la Municipalidad de El Trébol, con destino a la ejecución de la obra mencionada;

Que el Decreto Nº 0692/09 del Poder Ejecutivo Provincial en su Artículo Nº 3, establece pautas a cumplimentar por parte de los Municipios y Comunas receptores de subsidios, en forma previa a la sanción del Acto Administrativo de otorgamiento;

Que los Sres. Concejales han analizado los datos informados y expresan en forma unánime su conformidad al proyecto presentado;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Acéptese la transferencia de Pesos siete millones ochocientos treinta y tres mil setecientos ochenta y ocho con 75/100. ($ 7.833.788,75), en concepto de Aporte No Reintegrable, a favor de la Municipalidad de El Trébol, con destino  a la ejecución de la Obra “Ampliación Sistema de Pre-Tratamiento para Planta de Osmosis Inversa en la localidad de El Trébol”.-

ARTÍCULO 2º: En relación a lo estipulado en el Decreto Nº 0692/09 del Gobierno Provincial, declárese y acéptese, el sometimiento y adhesión al régimen de acceso a la información pública en los términos que prevé el Artículo Nº 3 de la citada norma.-

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los trece días del mes de mayo del año dos mil veintiuno.-