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MODIFICAR ORDENANZA TRIBUTARIA EN ART. 31º- UNIDAD TRIBUTARIA


ORDENANZA Nº 1.304

VISTO:

La Ordenanza Tributaria Nº 1.177 T.O; y

CONSIDERANDO:

Que es de suma importancia que la Administración Municipal avance en la adecuación de parámetros tributarios acompañando la realidad económica, a los fines de disponer del instrumento legal correspondiente para recaudar los tributos en el ámbito local en el ejercicio 2021;

Que en la Ordenanza Tributaria vigente es posible una modificación en ciertos parámetros formales y recaudatorios que permitan redistribuir los ingresos municipales;

Que analizada la incidencia del aumento del valor de la Unidad Tributaria los Sres. Concejales, por unanimidad, dan conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Modifícase el Artículo 31º de la Ordenanza Nº 1.177 T.O., el texto que dice:“Establécese el valor de la Unidad Tributaria en $ 10,95 (Pesos diez c/95 ctvos)”, y reemplácese por el siguiente texto:

“Establécese el valor de la Unidad Tributaria en $ 14,50 (Pesos catorce c/50 ctvos.)”

ARTÍCULO 2º: Fíjase la vigencia de la presente Ordenanza a partir del 01 de Enero de 2021.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil veinte.-