VISTO:
La mensura, unión y subdivisión practicada por el Agrimensor Rodolfo José Maurino, en la zona rural del distrito El Trébol, Colonia El Trébol, en terrenos de propiedad de FENOGLIO, Nilda Rosa de; PALMIERI, Alicia Beatriz Fenoglio de:, BETATTI, Graciela Fenoglio de:; FENOGLIO, Raúl Horacio; FENOGLIO, Haydee Magdalena; y FENOGLIO, Juana Catalina; dominio inscripto en el Registro General de la Propiedad de Santa Fe bajo el Tomo 691, Folio 219 v, Número 46963 de fecha 07-10-1949 y Tomo 68 P, Folio 425 v, número 21792 de fecha 23-10-1939; y
CONSIDERANDO:
Que dicha mensura, unión y subdivisión origina una fracción de terreno designada como Lote II, Polígono “AFGEA”, equivalente a una superficie de 63 As. 44 Cas, 9903;
Que la misma regularizaría el ancho oficial de caminos y permitiría la inscripción de la mensura en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe;
Que los Señores Concejales han analizado y hecho las averiguaciones correspondientes, entendiendo viable aceptar la donación que se efectúa;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Aceptar la donación efectuada por FENOGLIO, Nilda Rosa de:; PALMIERI, Alicia Beatriz Fenoglio de:; BETATTI, Graciela Fenoglio de:; FENOGLIO, Raúl Horacio; FENOGLIO, Haydee Magdalena y FENOGLIO, Juana Catalina; del inmueble designado como Lote II, descripto en los considerandos.-
ARTICULO 2°: El mencionado terreno será incorporado a camino público de éste Municipio y deberá guardársele cuidado y con mantenimiento de acuerdo a su ubicación y necesidad.-
ARTICULO 3°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiséis días del mes de Agosto del año mil novecientos noventa y siete.-