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Destinar Lote 21 y 10 Manzana 7 a Calle Pública y Ensanche Sarmiento


ORDENANZA N° 322

VISTO:

Los trabajos de mensura realizados por el Agrimensor Rodolfo José Maurino, en terrenos de propiedad de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

                           Que la misma se ha practicado de manera de obtener un máximo aprovechamiento de la superficie, tratando de lograr la mayor cantidad de lotes de medidas adecuadas, que serán destinados a la ejecución de viviendas;

Que se han originado con ella dos lotes, que a continuación se describen, PRIMERO: ocupa la esquina ESTE de la manzana N° 7 (según título) y N° 3, (según mensura), afecta la forma de triángulo, se designa como Lote N° 21, y mide 12,12 m al Nor-Este; 10,07 m al Sur-Este y 15,75 m al Oeste, equivalente a una superficie de 61,00 m2, lindando al Nor-Este con calle Balcarce; al Sur-Oeste con calle Madrid y al Oeste con el Lote N° 11 del mismo plano de mensura, el Lote descripto, pasaría a ser parte de la calle Bv. Sarmiento (ver plano adjunto). SEGUNDO: Lote designado como N° 10, de la manzana N° 7 (según título) y N° 3 (según mensura), se ubica a los 27,50 m de la esquina Norte de la manzana, hacia el Oeste, y mide 15,00 m al Nor-Oeste, e igual contrafrente al Sur-Este, por 100,00 m en cada uno de sus costados Nor-Este y Sur-Oeste, equivalente a una superficie de 1.500,oo m2, lindando al Nor-Oeste con calle Palermo, al Nor-Este con los lotes 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20; al Sur-Oeste con los lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, todos del mismo plano de mensura y subdivisión y al Sur-Este con calle Madrid; el lote descripto será destinado a pasaje público;

Que a los efectos de cumplimentar con los requerimientos del Servicio de Catastro e Información Territorial, es menester garantizar el destino de los lotes para uso público;

Que el Concejo Municipal analizó detenidamente el Proyecto y teniendo en cuenta dejar regularizada la situación, entiende viable dar curso favorable al Proyecto;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°:   Destinar los lotes 10 y 21, de la manzana N° 7 (según título), N° 3 (según mensura), descriptos en los considerandos, a calle pública y ensanche Bv. Sarmiento, respectivamente.-

ARTICULO 2°:   Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los diecinueve días del mes de junio del año mil novecientos noventa y siete.-