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Ratifícase Convenio Nuevo Central Argentino


ORDENANZA N° 320

VISTO:

La necesidad de ratificar a través de una Ordenanza Municipal el Convenio suscripto con el Nuevo Central Argentino S.A. sobre el “Derecho de uso precario de espacios de Estación”; y

CONSIDERANDO:

Que por otra parte se ha logrado un importante trabajo de parquización y mejoras en las áreas afectadas;

Que los Señores Concejales han analizado debidamente el Proyecto remitido por el Departamento Ejecutivo, como así verificado los antecedentes respectivos de los lugares afectados al uso precario por parte del Municipio, manifestando no existe impedimento alguno en ratificar el precitado Convenio;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°:   Ratifícase por el presente el Convenio oportunamente suscripto entre este Municipio y el NUEVO CENTRAL ARGENTINO S.A. sobre el “Derecho de uso precario de espacios de Estación”

ARTICULO 2°:   Comuníquese expresamente a la contraparte del Convenio suscripto, de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 3°:   Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintidós días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y siete.-