VISTO:
El convenio para la adjudicación de viviendas que firmara esta Municipalidad, en oportunidad de suscribir el Contrato de Obra Pública con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo; y
CONSIDERANDO:
Que la Obra se encuentra en plena ejecución, siendo necesario definir la nómina de beneficiarios de las viviendas con anticipación a la finalización de la construcción;
Que a tal fin se llevó a cabo la inscripción de los postulantes;
Que a solicitud de esta Municipalidad, la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, a través de sus áreas correspondientes, efectuó los estudios socioeconómicos de los mismos, determinando quienes estaban en condiciones de acceder a las viviendas;
Que el día 23/12/96, ante el Escribano José María PAJON se procedió al sorteo de las unidades entre quienes resultaron aptos, obteniéndose así una lista de titulares y suplentes;
Que en cumplimiento de lo acordado en el artículo Primero del referido convenio, es necesario elevar la propuesta de adjudicación de las viviendas;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Recomendar a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, la adjudicación de las viviendas que esta Municipalidad se encuentra ejecutando para dicho organismo provincial, según el listado de titulares y suplentes que se agrega como anexo I y forma parte de la Ordenanza.-
ARTICULO 2°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y ése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los dos días del mes de enero del año mil novecientos noventa y siete.-