VISTO:
Las tramitaciones iniciadas por los Municipios de LAS ROSAS y EL TREBOL, y la Comuna de LOS CARDOS, para la concreción del GASODUCTO para provisión de GAS NATURAL a las mismas; y
CONSIDERANDO:
La necesidad de diligenciar en forma ágil y eficiente todos los actos administrativos para concretar en el menor lapso y costo posible el fin perseguido, resulta adecuado instrumentar un ENTE COORDINADOR que represente los intereses de los Municipios y Comuna;
Que atendiendo a razones de operatividad resulta coherente ubicar como sede de funcionamiento la MUNICIPALIDAD DE LAS ROSAS y como suplente LA COMUNA DE LOS CARDOS y 2do. LA MUNICIPALIDAD DE EL TREBOL;
Que a los efectos de materializar lo expuesto resulta necesario instrumentar dicho objetivo a través de un convenio de colaboración;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°.- Facúltase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a suscribir el CONVENIO DE CONSTITUCION DEL ENTE COORDINADOR, conforme los términos de la copia adjunta.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los catorce días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y seis.-