Texto Ordenado
(Incluye modificaciones Ordenanza N° 306 de fecha 28.11.96)
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar los trabajos de construcción de Desagües Cloacales en el sector comprendido por las calles Córdoba entre San Lorenzo y Rosendo Fraga, Rosendo Fraga entre Córdoba y Corrientes, así como el perímetro de la Manzana N° 63, predio en el que se construye el presente Programa.-
ARTICULO 2°: Declárase de Interés Municipal la ejecución de los trabajos involucrados en la ampliación de la obra de Desagües Cloacales descripta.-
ARTICULO 3°: Los frentistas afectados por la mejora descripta no tendrán obligatoriedad de pago inmediato ni conexión compulsiva a la obra, pudiendo efectuarlo en el momento en que lo decidan sin límite de tiempo.
En consecuencia, excepcionalmente no se aplicará en este caso lo normado por el Artículo 2° y 3° de la Ordenanza N° 228.
Los frentistas ubicados en la Manzana N° 63, predio destinado a Barrio FONAVI, no deberán abonar importe alguno ni ver incrementadas sus cuotas por efecto de las Obras de Desagües
Cloacales, atento a que su valor está contemplado en el valor de la vivienda.- (Ordenanza N° 306 de fecha 28.11.96)
ARTICULO 4°: La Municipalidad de El Trébol financiará excepcionalmente a jubilados y pensionados con plazos de hasta cien meses, cuando los mismos acrediten ingresos mínimos frente a la obligación surgida por los trabajos dispuestos y los casos especiales serán analizados por la Comisión designada a tal efecto, de acuerdo a las disposiciones vigentes.-
ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-