VISTO:
El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal sobre la constitución de la Federación Santafesina de Municipios y Comunas; y
CONSIDERANDO:
Que según disponen los estatutos del citado ente, los Municipios y Comunas que lo formen deben manifestar su decisión no solo mediante la directa participación en el mismo sino por la adhesión mediante el acto administrativo pertinente;
Que es conocido el esfuerzo que realizan nuestros gobiernos locales, a los que los une la común necesidad de encarar en forma conjunta emprendimientos que motorizados aisladamente, seguramente implicarán dispersión y superposición de esfuerzos que no se compadecen con las actuales tendencias de regionalización, sin perjuicio que otras acciones, que de no mediar la existencia de un ente común, sería irrealizables;
Que la constitucionalización de la autonomía municipal, abre el campo de acción que requiere, entre otras herramientas, la formación de estos entes intercomunales;
Que este Concejo Municipal comparte en un todo el espíritu y los objetivos de la Federación Santafesina de Municipios y Comunas, por lo cual entiende como razonable y oportuno, disponer la adhesión de la Municipalidad de El Trébol a la misma;
Que si bien el titular del Departamento ejecutivo Municipal es quien representa a la Municipalidad en sus relaciones oficiales (inc. 1 del Art. 41 de la Ley 2756) este Concejo entiende que ratificar la participación del mismo opera como declaración común de ambos poderes locales en una instancia intercomunal que por su relevancia involucra a todo el Municipio;
Que si bien se hace necesario aprobar la afectación de los fondos que fueren necesarios para asegurar una participación adecuada en dicha instancia, lo cual también lo dispone los estatutos de la Federación, a los cuales esta Municipalidad acepta mediante el dictado de la presente;
Que la Comisión ha considerado exhaustivamente el Proyecto y analizado detenidamente los pormenores, ha producido un Despacho en tal sentido;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Dispónese la adhesión de la Municipalidad de El Trébol a la federación Santafesina de Municipios y Comunas, aceptándose en consecuencia el estatuto de la misma.-
ARTICULO 2°: Ratifícase la participación del Señor Intendente Municipal en dicho ente intercomunal.-
ARTICULO 3°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar los fondos que fueren del caso para asegurar una adecuada participación en la Federación Santafesina de Municipios y Comunas.-
ARTICULO 4°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veinticinco días del mes de Junio del año mil novecientos noventa y seis.-