VISTO:
La importante circulación de vehículos en general por las arterias de nuestra ciudad, y fundamentalmente por las zonas más pobladas, y que es donde se encuentran la mayoría de comercios, bancos y demás oficinas públicas, que hacen precisamente convertir a determinadas arterias en fundamentales para el desplazamiento vehicular; y
CONSIDERANDO:
Que es de suma importancia modificar algunos sentidos de circulación para evitar que se produzcan accidentes, más precisamente en lugares donde las arterias solamente tienen un ancho de apenas 08 metros;
Que los Concejales han analizado detenidamente el Proyecto, entendiendo que realmente el mencionado tramo causa algunas dificultades, siendo viable la propuesta formulada;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1° : Modifícase el sentido de Circulación de la calle: EMILIA BERTOLE, que en la actualidad es de doble mano desde Bv. América hasta calle J.F. Seguí; y se transformará en MANO UNICA desde J. F. Seguí hasta Bv. América, pudiendo solamente estacionar del lado DERECHO de la misma, es decir, teniendo un sentido de circulación de OESTE a ESTE.-
ARTICULO 2° : Derógase toda Ordenanza que se oponga a la presente.-
ARTICULO 3°: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los cuatro días del mes de Agosto del año mil novecientos noventa y cuatro.-