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Autorización de gestiones hermandad Barge – El Trébol


ORDENANZA Nº 173

VISTO:

          Que en visita efectuada a esta Ciudad por el Señor Presidente de los Piemonteses en el mundo Gran Offi. Michele COLOMBINO se expresó el deseo de posibilitar el hermanamiento de EL TREBOL con una Ciudad similar ubicada en la Región del Piemonte (Italia); y

CONSIDERANDO:

Que la Sociedad Italiana de Ss.Ms. “Stella d´ Italia juntamente con la Asociación Familia Piemontesa de esta Ciudad y, con el Departamento Ejecutivo Municipal en la persona del Sr. Intendente C.P.N. Angel Mateo ROSSI, realizaron las tramitaciones pertinentes ante el Sindicato de BARGE, ciudad ésta, que guarda gran afinidad con el Trébol, ante la gran cantidad de pobladores inmigrantes, cuyos apellidos provienen de familias de esa zona del Piemonte;

Que EL TREBOL se encuentra enclavada en el Centro Oeste de la Provincia de Santa Fe, zona muy propicia a la agricultura y ganadería, con industrias lácteas muy importantes, como así fábricas de ordeñadoras, motores, cemento armado, muebles, etc.; contando con una población de 10.000 habitantes, cuya mayoría es descendiente de inmigrantes italianos y, principalmente Piemonteses que, rompiendo la tierra virgen hicieron crecer el trigo, maíz, lino, girasol, dando el ejemplo vivo y latente de un progreso que hoy disfrutamos;

Que ante las gestiones llevadas a cabo en las que fuese designado oficialmente por el Municipio de Barge 1´Assessore Luigi FRENCIA, mediante nota Nº 7890 – de fecha 12 de noviembre de 1991, informa que se encuentran encaminadas las tramitaciones destinadas al “Gemellaggio” EL TREBOL ( R.A. ) – BARGE ( Italia ), encontrando concenso en los Miembros de la Junta;

Que el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, ha considerado el Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, considerando que tal iniciativa constituye un reconocimiento y homenaje para las actuales generaciones en el sentimiento profundo que nos une con lazos de sangre hacia esa pléyade de inmigrantes colonizadores que, llegados a estas tierras, con esfuerzo, sacrificio y esperanza, sembraron la simiente fecunda en la grandeza de ésta, su Patria adoptiva y que debemos acrecentar los vínculos en todos los órdenes sociales, culturales, comerciales e industriales, apoyando esta iniciativa hacia la hermandad de estas Ciudades;

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las facultades que le confiere la ley de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.-        Autorizase las gestiones tendientes a formalizar la hermandad entre EL TREBOL ( R.A. ) y BARGE ( Italia ), solicitando al Assessore del Comune di Barge Luigi FRENCIA, realice las gestiones y tramitaciones emergentes ante las Autoridades respectivas para el hermanamiento de estas Ciudades.-

ARTICULO 2º.-        Delégase al Departamento Ejecutivo Municipal llevar a feliz término, todas las gestiones tendientes al hermanamiento entre las Ciudades de EL TREBOL  y  BARGE.-

ARTICULO 3º.-        Remítase copia de la presente al Sr. Sindaco de Barge para su conocimiento, al Assessore del Comune Sr. Luigi FRENCIA y al Presidente de la Associazione Piemontesi nel Mondo Gr. Uff. Michele COLOMBINO.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los cuatro días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y uno.-