VISTO:
La nota recibida del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 21.09.90, mediante la que solicita un incremento adicional a las Tasas de Servicios Públicos; y
CONSIDERANDO:
Que dicho requerimiento obedece en el alza de los costos operativos concentrados básicamente en los incrementos de combustibles y lubricantes como así el salario al personal;
Que el Concejo Municipal en Comisión analizó profundamente los aspectos que hacen al pedido y los fundamentos sobre el desfasaje sufrido, como así las posibilidades del incremento adicional en las Categorías de los Servicios Públicos, sin que ello redunde a los contribuyentes de menores recursos;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal adicionar al incremento establecido por Ordenanza Nº 98/89 para el Anticipo de Tasas del mes de noviembre 1990 en los siguientes porcentajes: Primera y Segunda Categoría 12% adicional; Tercera Categoría 6% adicional; Cuarta, Quinta y mínimo sin adicional.-
ARTICULO 2º.- Promúlguese, Comuníquese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los dieciséis días del mes de octubre del año mil novecientos noventa.-