VISTO:
La nota remitida al Departamento Ejecutivo Municipal por el Sindicato de Trabajadores Municipales de El Trébol, solicitando la donación o cesión de un terreno Municipal para la ejecución de la Sede Gremial; y
CONSIDERANDO:
Que oportunamente el Honorable Concejo Municipal solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal determine el Lote, ubicación, medidas del terreno a ceder, lo cual se cumplimentó por nota recibida por este Cuerpo el 02.08.1990 y puesta a consideración en Sesión del día 06.08.1990;
Que el Honorable Concejo Municipal, es consciente de esta loable iniciativa ante el pedido efectuado, entendiendo la inquietud destinado a que el Sindicato Municipal pueda tener su local propio para la consecución de sus fines y nobles propósitos, estando en un todo de acuerdo a esta iniciativa;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal ceder por el término de noventa y nueve (99) años al Sindicato de Trabajadores Municipales de El Trébol, de un terreno cuyos datos referenciales del inmueble son: “Comisión Comunal” T.DE.P., Decreto Nº 10881 – 20.06.61, Manzana 69 – Parcela 3 – Lote Nº 2 s/plano de Mensura.-
ARTICULO 2º.- Promúlguese, Comuníquese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los seis días del mes de agosto del año mil novecientos noventa.-