VISTO:
Que en la zona del Centro-Oeste Santafesino no existe ninguna Estación de Servicio Meteorológico Nacional instalada, motivo por el que la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos de El Trébol Ltda. estaría dispuesta a hacerse cargo de la cesión del espacio físico para su funcionamiento, así como del personal necesario; y
CONSIDERANDO:
Que la instalación del Servicio significaría un gran beneficio para nuestra comunidad y una vasta zona de influencia;
Que en lo que respecta al instrumental que se debe proveer, el Municipio convocará a Entidades para que absorban la mayor parte de los gastos que demandan, de manera que el costo sea el menor posible;
Que los Señores Concejales han analizado profundamente el Proyecto, estimando de suma importancia la instalación del mencionado Servicio;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su propio Reglamento Interno, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Autorízase la instalación en nuestra Ciudad de una oficina del Servicio Meteorológico Nacional.-
ARTICULO 2º.- Cédese a la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y Otros Servicios Públicos Ltda. de El Trébol, la atención de esta oficina, comprometiéndose a suministrar el espacio físico exigido y el personal necesario.-
ARTICULO 3º.- Los gastos que demande el funcionamiento de esta Oficina, correrán por exclusiva cuenta de la Cooperativa.-
ARTICULO 4º Promúlguese, Comuníquese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los once días del mes de julio del año mil novecientos noventa y ocho.-