VISTO:
La nota de fecha 05 de Noviembre de 1987 recibida de la Directora de la Escuela Nº 978 Cincuentenario de esta ciudad, en la que solicita un subsidio de australes cuatrocientos para adquirir materiales destinados al aula que están construyendo en el mencionado establecimiento; y
CONSIDERANDO:
El esfuerzo que realiza la Asociación cooperadora de la mencionada Escuela a fin de posibilitar contar con las aulas necesarias destinadas a los cursos, dado la gran cantidad de alumnos que asisten, contribuyendo así con mano de obra y fondos necesarios tendientes concretar la misma;
Que este Concejo Municipal es consciente de la labor silenciosa y tesonera de Padres y Cooperadora, constituyéndose en pilar de nuestras Escuelas, mereciendo nuestro reconocimiento y agradecimiento sincero como así la posibilidad de una ayuda destinada en cierta manera como contribución a la concreción de sus propósitos;
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 – (texto O. Decreto Nº 67/85 con las modificaciones de la Ley Nº 9666), sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Otórgase a la Cooperadora de la Escuela Nº 978 “Cincuentenario” de nuestra ciudad, la suma de australes Cuatrocientos (A. 400.-) destinados a la compra de materiales para la obra de construcción de un aula en el precitado establecimiento.-
ARTICULO 2º: Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los dieciséis días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y siete.-