VISTO:
La Ley Nº 12.385, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios;
La Ley Nº 13.655; y
CONSIDERANDO:
Que en Sesión de fecha 12 de Octubre del año en curso, la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe dio sanción definitiva a la Ley 13.655 que autoriza para el Año 2017 la afectación de hasta el cincuenta por ciento (50%) del destino de los ingresos provenientes de la Ley 12.385 de creación del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados, para ser aplicados a Gastos Corrientes, promulgada por su Decreto Reglamentario;
Que se considera oportuno solicitar los beneficios que concede la Ley Nº 12.385, sus modificatorias y reglamentaciones;
Que los Sres. Concejales, coincidiendo en que resultará beneficioso para los intereses del Municipio la gestión de los fondos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le otorga la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
ARTÍCULO 1º: Solicítase a la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, se asigne a la Municipalidad de la Ciudad de El Trébol, el importe de $ 1.727.475,00 (Pesos un millón setecientos veintisiete mil cuatrocientos setenta y cinco c/00 ctvos.), suma que no excede del 50% de los fondos que en virtud de la Ley Nº 12.385 le corresponden a esta Administración por el período 2017, para ser afectados a Gastos Corrientes, en el marco de la citada Ley, sus modificatorias y reglamentaciones.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.-