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Prohibición edificación de galpones y similares en sectores de la ciudad – Texto Ordenado


ORDENANZA N° 36 de fecha 15.12.86

Texto Ordenado

(Incluye modificaciones Ordenanza N° 505 de fecha 08.08.02)

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°:        Se prohíbe la edificación de galpones para depósitos o instalaciones fabriles en el radio urbano del distrito El Trébol que a continuación se especifica: Partiendo de la intersección de calle Viena y la Ruta Provincial N° 13 hasta calle Río Negro; Río Negro, desde Ruta Provincial N° 13 hasta Manuel Leiva; Manuel Leiva, desde Río Negro hasta Bruselas; Bruselas, desde Manuel Leiva hasta Gral. Mitre; Gral. Mitre, desde Bruselas hasta Viena y Viena, desde Gral. Mitre hasta Ruta Provincial N° 13, quedando dicha zona para un desarrollo de tipo residencial únicamente.- (Reemplazado por Ordenanza N° 505 de fecha 08.08.02)

ARTÍCULO 2° :        Para las actuales construcciones ejecutadas o en ejecución al momento de promulgación de la presente Ordenanza y que tengan destinos industriales, etc. que en futuro se demolieran o sustituyen, los nuevos edificios deberán ajustarse a la presente Ordenanza o a la que se encuentre en vigencia en el momento de producirse la variante, como así también toda construcción anexa a las industrias o depósitos ya localizados.-

ARTÍCULO 3° :        El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado a paralizar las obras que no se ajusten a lo reglamentado en la presente Ordenanza, así como aplicar una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de la inversión realizada hasta ese momento, estimada por intermedio de un peritaje.-

ARTÍCULO 4° :        La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta tanto se reglamente el uso del suelo de toda la planta urbana.-

ARTÍCULO 5° :        A los efectos de lo dispuesto por la presente Ordenanza, se suspende la aplicación del Plan Regulador en vigencia en lo que respecta al área mencionada, en cuando pueda contraponerse con las especificaciones de la misma.-

ARTICULO 6°:        Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-