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Créase Instituto Becario Municipal – Texto Ordenado


ORDENANZA N° 31

 de fecha 20.10.86

Texto Ordenado
(Incluye Modificaciones Ordenanza N° 411 de fecha 25.11.99)

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1° :        Créase el Instituto Becario Municipal a partir de la fecha de sanción de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2° :        La Comisión Directiva del

Instituto Becario Municipal estará integrada por dos delegados designados por el Departamento Ejecutivo Municipal y dos Concejales designados por el Honorable Concejo Municipal, durando sus mandatos por el término de dos años y pudiendo ser reelegidos sin límite de períodos.- (Ordenanza N° 411 de fecha 25.11.99)

ARTICULO 3° :        La comisión Directiva procederá elaborar su propio Reglamento Interno.-

ARTICULO 4° :        Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-