VISTO:
La nota remitida al Departamento Ejecutivo Municipal por la Cámara Argentina de Fabricantes y Proveedores de Equipamientos, Insumos y Servicios para la Cadena Láctea (CAFyPEL), solicitando la cesión de un terreno Municipal en el Área Industrial Oficial de Desarrollo de El Trébol para la construcción de un Centro Tecnológico relacionado al “Clúster de empresas fabricantes de equipos para la cadena láctea” y;
CONSIDERANDO:
Que la constitución de la Cámara Argentina de Fabricantes y Proveedores de Equipamientos, Insumos y Servicios para la Cadena Láctea (CAFyPEL) ha sido impulsada desde tiempos anteriores a su creación y hasta la fecha por industriales locales junto a este Municipio, con el objetivo de potenciar y reforzar la presencia del sector industrial local en el entramado productivo nacional, abriendo oportunidades de diálogo y acercamiento con las autoridades de los niveles decisorios de políticas industriales;
Que el proyecto incluye la construcción de un laboratorio de ensayo para componentes de equipos de ordeño y otro para componentes de equipos de refrigeración de leche, resultando ambos sectores de importancia sustancial en la actividad industrial local;
Que el proyecto incluye la incorporación de oficinas de la Asociación Civil Área Industrial Oficial de El Trébol, dentro del mismo terreno;
Que obtener la posesión de un lote de terreno en el Área Industrial Oficial de Desarrollo de El Trébol, le permitirá a la Cámara lograr su enraizamiento definitivo en la localidad;
Que también ello implica su participación obligatoria dentro de la Asociación Civil Área Industrial Oficial de El Trébol, con los derechos y obligaciones que corresponden a los propietarios de lotes;
Que la Municipalidad considera viable conceder una superficie que es parte del lote 2 del plano de mensura inscripto con el Nº 171183 en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, con el destino especificado, que comprende 34 mts de frente a la Ruta Provincial 40-S por 37.5 mts hacia el Norte, abarcando una superficie total de 1275 m2;
Que los Sres. Concejales, coincidiendo con los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;
Por todo ello, el H. Concejo Municipalidad de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder en donación la superficie de 1275 m2, que es parte del lote 2 del plano de mensura inscripto con el Nº 171183 en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, con el destino especificado, y que comprende 34 mts de frente a la Ruta Provincial 40-S por 37.5 mts hacia el Norte, según plano que se adjunta y forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º: El objeto de la presente donación es para destinarlo a la construcción de un Centro Tecnológico relacionado al “Clúster de empresas fabricantes de equipos para la cadena láctea”, no pudiendo el donatario cambiar el destino y asumiendo la obligación de construcción del proyecto presentado en un plazo de 2 años desde la sanción de la presente. El terreno volverá a propiedad municipal si transcurrido el plazo señalado no se hubiera cumplido el objetivo de construcción ó si por algún motivo la Cámara fuera disuelta ó transfiriese su sede o domicilio legal a otra localidad.
ARTÍCULO 3º: El donatario se hará cargo de todos los impuestos, tasas y otros cargos que implique la transferencia del inmueble y la concreción del proyecto.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los siete días del mes de junio del año dos mil dieciséis.-