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DECL. INT. MUNICIPAL LUCHA VIOLENCIA GENERO Y FEMICIDIO INST. 03 DE JUNIO DÍA LOCAL POR LA CONSIGNA «NI UNA MENOS»


ORDENANZA Nº 1.108

VISTO:

Los casos de violencia de género que vive nuestra sociedad, de los cuales El Trébol no escapa y la necesidad de impulsar un cambio de mirada y la toma de conciencia de parte del Estado y de la comunidad toda; y

CONSIDERANDO:

Que fue promulgada la Ley 26485, la cual establece el Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres;

Que a pesar de no haber estadísticas oficiales, existen organizaciones no gubernamentales que se encargan de recopilar datos sobre hechos de violencia de género en nuestro país y por esto podemos conocer que entre 2008 y 2014 se registraron 1.808 femicidios; en nuestro país una mujer es asesinada cada aproximadamente 30 hs; en estos siete años, 2.196 hijas e hijos fueron víctimas colaterales, quedando sin madre y 1.403 de ellos son menores de edad;

Que a nivel nacional en el día 03 de junio de 2015 se ha generado una movilización a fin de instalar el debate en torno al tema, desnaturalizar situaciones de violencia y maltrato vividos como normales hasta ahora por nuestra sociedad y fomentar acciones y  políticas concretas desde los ámbitos gubernamentales y representativos que den respuesta a esta problemática;

Que es necesario que esta convocatoria no quede como un hecho histórico pero aislado, sino que tenga continuidad en el tiempo, a fin de promover una nueva mentalidad, una nueva cultura, una nueva conciencia social;

Que los Sres. Concejales, coincidiendo con lo expuesto, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:         Declárase de Interés Municipal la lucha contra la Violencia de Género y el Femicidio.-

ARTÍCULO 2º:        Propóngase en nuestra ciudad el 3 de Junio, como “Día local de la consigna Por Ni Una Menos”. En caso de resolverse a nivel nacional o provincial otra fecha conmemorativa, se complementarán las acciones a desarrollar.-

ARTÍCULO 3º:        A fin de favorecer la pluralidad en la organización de la jornada se incluirá, por lo menos, una mujer representante de cada institución de nuestra ciudad.-

ARTÍCULO 4º:        En materia de concientización, enfatizar la realización de acciones de este tipo durante todo el año y principalmente en la semana previa a la conmemoración de dicho día.-

ARTÍCULO 5º:         Establécese el Concejo Municipal como el encargado de desarrollar las actividades necesarias para llevar a cabo dicho jornada.-

ARTÍCULO 6º:         Comuníquese, promúlguese, publíquese y dése al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.-