VISTO:
Que en reunión del H. Concejo Municipal de fecha 03 de marzo de 1986, se consideró la Resolución N° 05/85 emanado de la Comuna con respecto al convenio de usufructo del Aeródromo Comunal por parte del Aero Club El Trébol; y
CONSIDERANDO:
Que, por Ordenanza N° 05 de fecha 06 de Enero de 1986 sancionada por el H. Concejo Municipal, se dispuso la otorgación de un subsidio por el consumo de energía eléctrica al Aero Club El Trébol;
Que, atento a los distintos aspectos que hacen al quehacer y desenvolvimiento de las actividades que desarrolla el Aero club, determina en cierta manera considerar y evaluar las inquietudes manifestadas en nota que remitiesen con fecha 02 de marzo de 1986, las que son plausibles en cierta manera de tener en cuenta dentro de esa actividad deportiva que realizan, como así el uso de la pista nocturna en caso de emergencia;
Que, dentro de una evaluación y consideración de la situación, se manifiesta el deseo de una recíproca colaboración dentro de las posibilidades existentes, y hace necesario modificar un artículo de la Ordenanza N° 05 dictada por este H. Concejo Municipal;
Por todo ello
El Honorable Concejo Municipal de el Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1° : Modifícase el Artículo Segundo (2°) de la Ordenanza número cinco (5) de fecha seis de enero del año mil novecientos ochenta y seis (06/01/86), quedando el mismo redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 2° : Otórgase al Aero club de El Trébol, un monto equivalente al consumo de doscientos kilovatios de energía eléctrica, bimestralmente, en concepto de subsidio, a partir del primero de marzo del año mil novecientos ochenta y seis”.-
ARTICULO 2° : Comuníquese, Promúlguese, Publíquese y dése al Registro Municipal.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los tres días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y seis.-