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Creación de subcomisión de seguimiento proceso de compras y contratos


ORDENANZA Nº 1.065

VISTO:

           La Ordenanza Nº 15, que otorga el marco legal para que el Municipio resuelva sus compras; y

CONSIDERANDO:

Que haciendo una evaluación de las obras que se ejecutaron por contratistas adjudicados a través de una Licitación Pública, puede determinarse que hubo casos que derivaron en la rescisión de los contratos suscriptos, algunos por decisión de las empresas y otros por el Departamento Ejecutivo Municipal;

Que desde este ámbito de gobierno, no se dispone de los elementos suficientes como para evaluar todo el proceso al que da lugar la definición de una obra por Licitación Pública, ya que solo se dispone de los balances de Caja mensuales del Departamento Ejecutivo como herramienta para acceder a información;

Que es una facultad de este Cuerpo Legislativo, establecida en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, ejercer las tareas de control sobre el accionar del Departamento Ejecutivo;

Que se hace necesario crear un espacio a través del cual se pueda satisfacer las demandas planteadas, entendiendo que el marco que otorga la Comisión de Hacienda puede constituirse en el adecuado para cumplir con esta tarea específica relacionada con los procesos licitatorios que se lleven a cabo desde el Departamento Ejecutivo;

Que los Sres. Concejales, coincidiendo con los argumentos expuestos, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: Créase en la Ordenanza de Compras Nº 15, T.O., un nuevo Capítulo, identificado como IX – Disposiciones Complementarias, incorporando en el mismo como Artículo 43º y 44º, los que a continuación se transcriben:

“ARTÍCULO 43º: A los efectos de realizar un seguimiento de los procesos licitarios, concursos de precios y/o Compras Directas realizadas por el Departamento Ejecutivo conforme a la Ordenanza de Compras en vigencia, dispónese la creación en el ámbito de funcionamiento de la Comisión de Hacienda de este Cuerpo legislativo creada por Resolución Nº 9 de fecha 04.08.86, de la Subcomisión de Seguimiento de procesos de Compra y Contratación, que tendrá como objetivo establecer un régimen de contralor de las actividades de estas características que resuelva el Departamento Ejecutivo Municipal”.-

ARTÍCULO 44º: Los delegados designados para integrar la Comisión de Hacienda serán los encargados de cumplir las tareas específicas inherentes a la Comisión creada según el Artículo precedente, quienes tendrán la facultad de  recabar a través de este Cuerpo legislativo, toda información que considere necesaria, como así también hacer exigible la presentación de la documentación pertinente, como así también citar a los funcionarios del Departamento Ejecutivo que estimen convenientes para satisfacer personalmente la demanda de información”.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil quince.-