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Aceptación de donación Sr. Mario Alberto Aureli de una fracción de terreno rural


ORDENANZA Nº 1.056

VISTO:

La mensura y subdivisión practicada por el Agrimensor Federico Piancatelli, I.C.O.P.A Nº 1-0155-9, en terrenos propiedad del Sr. Mario Alberto Aureli, LE. Nº 06.181.146, situado en la zona rural del Distrito El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, que forma parte del campo “La Porteña” y se designa como Lote “8”  en el Plano de Mensura Nº 52.979 del año 1968;

CONSIDERANDO:

Que dicha mensura y subdivisión origina una fracción de terreno designada como LOTE Nº 2 y  está ubicada entre la Ruta Provincial Nº 40-S al Sur y la fracción de campo designada con el Nº 7 del Plano 52.979/68 al Norte y entre la otra mitad de camino cedida según Plano Nº 148.612/2008 y el Lote Nº 1 del mismo plano y mide al Noroeste 10 metros, al Suroeste 10 metros, al Noreste y Suroeste 838.12 metros y ocupa una superficie de 84 As, 75 cas, 85dm2, lindando al Noroeste con propiedad de Hugo Bosio; al Suroeste con Ruta Provincial Nº 40-S; al Noreste con la otra mitad de camino y al Suroeste con lote Nº 1 del mismo Plano;

Que la fracción de terreno antes citada será destinada a la realización de un camino para uso público;

Que es necesario para la inscripción de la mensura en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, contar con la respectiva ordenanza que le de carácter de camino público al referido lote Nº 2;

Que los Sres. Concejales, teniendo en cuenta que el dictado de la debida forma legal permite cumplir el trámite requerido y además normalizar la traza del camino, expresan en forma unánime su conformidad a la propuesta;

Por todo ello, el H. Concejo Municipal de El Trébol, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º:   Acéptese la donación efectuada por el Sr. Mario Alberto Aureli, LE. Nº 06.181.146, de una fracción de terreno rural designada como lote Nº 2 en el plano de mensura y subdivisión realizado por el Agrimensor Federico Piancatelli y está ubicado entre la Ruta Provincial Nº 40-S al Sur y la fracción de campo designada con el Nº 7 del Plano 52.979/68 al Norte y entre la otra mitad de camino cedida según Plano Nº 148.612/2008 y el Lote Nº 1 del mismo plano y mide al Noroeste 10 metros, al Suroeste 10 metros, al Noreste 838.12 metros y al Suroeste 838.12 metros y ocupa una superficie de 84 As., 75 cas, 85 dm2, lindando al Noroeste con propiedad de Hugo Bosio; al Suroeste con Ruta Provincial Nº 40-S; al Noreste con la otra mitad de camino y al Suroeste con lote Nº 1 del mismo Plano.

ARTÍCULO 2º:         El mencionado terreno será incorporado a la red de caminos públicos de este Municipio y deberá guardársele cuidado y mantenimiento de acuerdo a su ubicación y necesidad.-

ARTÍCULO 3º:         Comuníquese, promúlguese, publíquese y dese al Registro Municipal.-

Dada en la Sala de Sesiones del H. Concejo Municipal de la ciudad de El Trébol, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil quince.-